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Información laboral > Prestaciones por desempleo > Subsidio de desempleo para mayores de 52 años
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Mascota del programa referente a la sección Prestaciones por desempleo

Subsidio de desempleo para mayores de 52 años

Es un subsidio asistencial de larga duración, con la intención de garantizar una renta a las personas que son expulsadas del mercado de trabajo, y que pueden tener una mayor dificultad para acceder al empleo, garantizándoles la cotización por determinadas contingencias, durante el periodo de percepción de éste.

 

Requisitos

Se exigen un mayor número de requisitos; cumplir todos los requisitos salvo la edad para acceder a cualquier tipo de jubilación dentro del Sistema de la Seguridad Social, de los cuales 6 sean a un régimen que cotice al desempleo, tener al menos 52 años cumplidos.
Carecer de rentas superiores al 75% del SMI, vigente en cada momento, con exclusión de pagas extras.
Encontrarte en uno de los supuestos que se determinan.
Estar inscrito como demandante de empleo y haber suscrito el compromiso de actividad.

 

Duración

Como máximo este subsidio se podrá percibir hasta que se alcance la edad ordinaria de jubilación, 65 años, no obstante se deberá presentar la justificación de carencia de rentas, una vez al año.

 

Cuantía

Consiste en una renta, por una cuantía equivalente al 80% del IPREM, con independencia que el trabajo que se pierda sea a tiempo completo o parcial.

 

Cotización

Durante la percepción de este subsidio se cotizará por el 125% de la Base mínima de cotización para la jubilación y de la Base mínima para el resto de las contingencias.

 

¿Dónde y cuándo?

En la oficina de Empleo que le corresponda.
En los 15 días hábiles siguientes a la terminación del contrato y terminación del disfrute de las vacaciones, siempre que éstas se disfruten una vez terminado el contrato de trabajo.

 

Más información

 

Vuelve al listado de prestaciones por desempleo.

 

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