
A los contratos a tiempo parcial para realizar la jornada de trabajo que quede libre debido a la jubilación parcial de trabajadores o trabajadoras
Ayuda
A los contratos a tiempo parcial para realizar la jornada de trabajo que quede libre debido a la jubilación parcial de trabajadores/as.
Requisitos
- Jóvenes desempleados/as menores de 30 años.
- Desempleados/as mayores de 45 años.
- Desempleados/as inscritos/as en el SERVEF por un período de al menos 180 días.
- Mujeres.
- Personas con discapacidad.
- Duración del contrato de relevo de al menos 1 año.
- Producida la jubilación del trabajador/a relevado/a, el contrato de la persona relevante deberá convertirse en indefinido y a jornada completa.
Cuantía
Empresa
Jornada completa
- Hombres: 4000 €
- Mujeres: 5000 €
Jornada parcial (mínimo 20 h. semanales)
Proporcional al tiempo de trabajo efectivo.
Personas fijas discontinuas
- Hombres: 1000 €
- Mujeres: 1250 €
La cuantía se incrementará en un 25% a aquellas empresas que acrediten que la contratación se ha efectuado en cumplimiento de acuerdo celebrado entre la empresa y los representantes legales de los trabajadores/as.
Trabajador/a relevado/a
720 € por cada año completo. Tope máximo 3600 € (siempre que éste dé lugar a un nuevo contrato de relevo).
La cuantía se incrementará en un 25% a aquellos trabajadores/as que accedan a su jubilación parcial a partir de los 65 años.
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