
Características de las distintas formas jurídicas
La puesta en marcha de un negocio, desde el punto de vista jurídico, requiere escoger la forma jurídica adecuada con la que gestionarlo.
A continuación te proponemos una clasificación de las distintas formas jurídicas más habituales a la hora de constituir una empresa y ponemos a tu disposición una serie de documentos sobre las características básicas de los diferentes tipos de empresas:
Personas Físicas
Sociedades No Mercantiles: Tributan a través del IRPF, la responsabilidad de los socios/as es ilimitada (es decir responden con todo su patrimonio personal frente a las deudas contraídas con terceros, cuando no sean suficientes los bienes de la sociedad), se regulan por el Código Civil, y no requieren de otorgamiento de Escritura Pública ni inscripción en el Registro Mercantil.
Personas Jurídicas
Sociedades Mercantiles: Tributan a través del Impuesto de Sociedades, la responsabilidad de los socios/as se limita al capital aportado, se regulan por las leyes mercantiles y requieren de otorgamiento de Escritura Pública e inscripción en el Registro Mercantil.
- Sociedad Anónima
- Sociedad Anónima Europea
- Sociedad de Responsabilidad Limitada
- Sociedad de Responsabilidad Limitada Nueva Empresa
- Sociedad Colectiva
- Sociedad Comanditaria Simple
- Sociedad Comanditaria por Acción
Sociedades Mercantiles Especiales
Otras Sociedades
Para cierto tipo de negocios o en circunstancias especiales, existen un conjunto de formas societarias específicas, de las cuales puede ser interesante conocer:
- Sociedad de Garantía Recíproca
- Sociedades de Capital Riesgo
- Agrupaciones de Interés Económico
- Sociedades de Inversión
Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE)
En el Estatuto del Trabajo Autónomo aparece regulada una nueva figura jurídica de trabajadores/as autónomos: los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE).
Estos trabajadores y trabajadoras se encuentran caracterizados porque, a pesar de mantener su condición de trabajadores/as por cuenta propia que gestionan autónomamente su actividad profesional, mantienen, a su vez, una estrecha relación económica con un cliente concreto, del que provienen, al menos, el 75% de sus ingresos fundamentales.
Además de depender económicamente de un único cliente, los TRADEs (Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes) deben reunir otros requisitos.
También te resultará muy útil echarle un vistazo a las ventajas e inconvenientes de las formas jurídicas más utilizadas para tomar la decisión más adecuada.



