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Mascota del programa referente a la sección Gestiones, trámites y ayudas

Ayuda modalidad de pago único de la prestación por desempleo

En qué consiste

El pago único constituye una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral por cuenta propia, o en la incorporación como socio o socia en cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento o de nueva creación.

 

Qué requisitos debes cumplir

  • Estar en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Estar percibiendo una prestación de desempleo de nivel contributivo por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral.
  • Tener al menos tres meses de prestación pendiente de percibir.
  • No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los cuatro años anteriores a la fecha de solicitud del derecho que ahora pretende.
  • Que la actividad profesional que va a desarrollar y para cuyo inicio solicita el pago único sea una de las que a continuación se indican:
    • Inicio de una actividad como trabajador por cuenta propia o autónomo.
    • Constitución de una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio/a trabajador/a o de trabajo estable (no temporal).
    • Incorporación a una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio/a trabajador/a o de trabajo estable, siempre que previamente no haya prestado servicios para dicha entidad durante un período que supere los 24 meses.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho, y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.

 

Qué tipos de ayudas contempla

Hay diferentes modalidades de pago único: ayudas para facilitar el desembolso necesario para iniciar la actividad y ayudas para subvencionar las cuotas a la Seguridad Social durante su desarrollo.

  • Si vas a realizar una actividad como autónomo/a, tienes tres alternativas:
    • Obtener en un solo pago la cantidad que justifiques como inversión necesaria para iniciar la actividad, con el límite máximo del 60% del importe total de la prestación que te quede por percibir, y solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas de Seguridad Social.
    • Obtener exclusivamente la cantidad que justifiques como inversión.
    • Obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas a la Seguridad Social.
  • Si vas a comenzar como socio/a trabajador/a o de trabajo de carácter estable en una cooperativa existente o de nueva creación, tienes tres alternativas:
    • Obtener en un solo pago la cantidad que tengas que desembolsar como aportación obligatoria y en su caso voluntaria, para adquirir la condición de cooperativista. Además, puedes solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas de Seguridad Social.
    • Obtener exclusivamente la cantidad que justifiques como aportación obligatoria y en su caso voluntaria y la cuota de ingreso a la cooperativa.
    • Obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas a la Seguridad Social.
  • Si vas a comenzar a trabajar como socio/a trabajador/a o de trabajo de carácter estable en una sociedad laboral anónima o laboral de responsabilidad limitada, existente o de nueva creación, tienes tres alternativas:
    • Obtener en un solo pago la cantidad que tengas que desembolsar para adquirir la condición de socio/a y solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas de Seguridad Social.
    • Obtener exclusivamente la cantidad que justifiques como desembolso para adquirir la condición de socio/a.
    • Obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas de la Seguridad Social.

 

Dónde y cuándo debes presentar la solicitud de pago único

  1. En tu Oficina de Empleo, conjuntamente a la solicitud de alta inicial o reanudación de la prestación contributiva por desempleo o en cualquier momento posterior, siempre que no hayas tramitado el alta en la Seguridad Social ni iniciado la actividad.
  2. En la solicitud de pago único, deberás hacer constar las modalidades de pago único que solicitas en función de la actividad que pretendes desarrollar.

 

Más información

 

Volver al listado de ayudas y subvenciones.

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